La Pantoja en Prisión
El tema de esta semana lo dedicamos a Isabel Pantoja. Como todos sabemos la famosa tonadillera ingresó voluntariamente en el Centro Penitenciario de Alhaurín de la Torre, CONDENADA por un Delito de blanqueo de capitales a la pena de dos años de prisión y multa de 1.140.000 euros.
Pues bien, mucho se ha hablado sobre si es cierto que las penas de hasta dos años y para el caso de no tener antecedentes penales, se concede la suspensión de la misma, es decir, las personas que son condenadas por primera y única vez gozan de la oportunidad de cumplir la pena en libertad,con la condición de no volver a delinquir durante la suspensión de la misma, cuyo plazo suele ser de dos años, aunque en ciertos casos la ley permite que llegue hasta los 5 años, valorando la gravedad de los hechos y las circunstancias concretas.
Debemos decir que, en todo caso, es una potestad de los Jueces y Tribunales el otorgar este beneficio, y en el caso concreto de la cantante hay dos circunstancias que han sido fundamentales para que lo que, en un principio, todo el mundo daba por hecho, que la Sra. Pantoja no iba a pisar la prisión, haya sido, finalmente, todo lo contrario.
La primera es el hecho de no haber abonado la multa, siendo conocido por todos el patrimonio y los medios que tiene esta señora, sin duda el poco esfuerzo que ha realizado para cumplir con su pena, no ha dejado a nadie indiferente y menos a la Audiencia Provincial de Málaga. Dña Isabel ha solicitado un pago fraccionado y el mismo ha sido admitido por el Tribunal.
La segunda cuestión es lo que los Tribunales llaman alarma social, y que podemos traducir de forma coloquial en la impunidad de conductas que a todos nos repugna. La Sra. Pantoja durante su relación con Julián Muñoz adquirió el apartamento de Guadalpín, valorado en 500.000 euros, la finca Mi Gitana, valorada en 3.000.000 de euros y al parecer un dinero en metálico que superaría el millón y medio de euros. Además de lo escandalosa que era la situación que se vivía en aquellos años en Marbella, donde todo el mundo “lo sabía” y parece que nadie hacía nada. Sin embargo, a pesar de que se barajaran estas cifras, una cosa es lo que se sospecha y otra muy diferente, lo que se puede demostrar ante un Tribunal.
Pasado estos primeros momentos, ahora toca esperar el primer permiso penitenciario, el tercer grado…etc, y si tendrá algún privilegio en este sentido. Así mismo, estaremos expectantes a esa primera salida para averiguar si la sienta tan bien, como a otro Ilustre “preso” que nos viene a la mente, ex torero y viudo de la más grande.
Sachiyo Meguro Blanco
Abogada
Gracias por el artículo Sachiyo.
Hasta ahora había pensando que no habían realizado suspensión de condena en este caso simplemente por estar la ley fuertemente alerta con los casos de corrupción en estos pésimos momentos por los que desgraciadamente pasa España.
Creo recordar que leí, una vez la sentencia se llevó a cabo y la Pantoja ya estaba en prisión, que había presentado un recurso de amparo. Si en algún momento puedes explicarme en qué consiste quedaría muy agradecida.
Un cordial saludo.
Estimada Michan, el Recurso de Amparo es de carácter extraordinario y debe estar basado en la vulneración de derechos constitucionales. Si la Sra. Pantoja consigue demostrar que tal vulneración se ha producido, se podría revocar la Sentencia. No obstante, este tipo de Recursos conllevan un trámite de admisión previo a la cuestión de fondo, por lo que primero habrá que esperar a si es admitido o no, para valorar si tiene fundamento legal. Te agradezco mucho tu participación. Saludos.
Que bien escribes hermana!!!!la verdad que yo era una de las que pensaba que no iría a la cárcel,gente que vive tan bien y que tengan tanta ambición por tener más y más y conseguirlo de forma inmoral….debe de tener su castigo,como otros que espero que paguen igual,enhorabuena por tus articulos
Gracias querida hermana. Espero que nos recomiendes. Un beso.
Me ha gustado tu artículo, sugiere cuestiones muy interesantes. Si, en definitiva, y siempre que se den determinados requisitos (penas de hasta dos, en ciertos casos hasta cinco años y no tener antecedentes penales) son los jueces los que tienen la potestad de otorgar este beneficio, tendremos que ver en cada sentencia qué motivos le han inducido al Juez para resolver en uno u otro sentido. La “alarma social” puede ser un argumento de peso esgrimido por el Juez, pero en qué consiste la alarma social si sabemos que la sociedad es manipulable y susceptible de sentirse “alarmada”.
Estimada Maribel, me parece muy interesante lo que planteas, pues lo términos indeterminados como “alarma social” son los que suscitan más polémica. En general, como intento explicar, se entiende por este concepto, aquellas conductas que consiguen preocupar y “alarmar”, valga la redundancia a la sociedad en general. Pero como tú dices, es susceptible de manipulación, creo que tendremos que confiar en el buen hacer de nuestros Tribunales. Gracias por tu opinión. Saludos cordiales.
Me parece increíble que esta señora con tal patrimonio y después de todo lo que se llevó no abone la multa y “obligue” a los jueces “a enchironarla el alma ”
Sinceramente se merece pasar un buen tiempo entre rejas.
Buen artículo.
Buenos días Miguel Ángel, gracias por participar en nuestro blog. Espero que los siguientes temas que trataremos sean de tu interés. Saludos.
Muy interesante el tema del blog de esta semana. Queda muy claro porque esta señora esta en prisión. Ahora se está diciendo que en junio cumple la cuarta parte de su condena….¿Qué puede suponer eso para su condena de dos años? ¿Y si no abona la multa?…..Felicidades por el artículo. Un saludo
Hola Marga, a partir de que se cumple la cuarta parte de la condena, el interno puede solicitar permisos penitenciarios, y si se cumplen una serie de requisitos y buen comportamiento en el Centro penitenciario, la Sra. Pantoja puede empezar a disfrutar de unos días en Libertad. Respecto al tema de la multa, sabemos que se le ha concedido el pago fraccionado y que lo está abonando, pero si dejara de hacerlo, o no hubiere abonado la multa, ésta se sustituye por días de prisión, con lo que la estancia de Dña. Isabel en prisión se alargaría. Espero haber respondido a tus preguntas. Muchas gracias por tu participación. Saludos cordiales.
Por fin queda claro un asunto en el que ha habido tantos dimes y diretes … No estaría mal mandar el post a “Salvame”, ” Programa de Ana Rosa” y similares para que dejen de desinformar.
Estimada Marta, si hemos conseguido aclarar un poco las diversas informaciones vertidas al respecto, me doy por satisfecha. Muchas gracias por tu comentario.
buen trabajo
Gracias Raquel, a ver si los temas escogidos son de tu interés. ¿Alguna sugerencia?
Magnífica explicación de un tema tan de actualidad, creo que el público en general debería informarse de manos de especialistas como vosotros para tratar estos temas con el rigor que se merece.
Muchas gracias Manuel. Espero que los temas que trataremos a continuación también te resulten interesantes, pues son de rabiosa actualidad.